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Apostillas

Apostillas

La autenticación de documentos públicos mediante Apostilla sirve para que un documento nacional seareconocido en un país extranjero.  Esto según es previsto en el Convenio de la Haya del 5 de octubre de 1961, firmado en La Haya, Países Bajos.  Entró en vigor el 24 de enero de 1965.  La Apostilla solamente tiene validez entre los países firmantes de este tratado.

Actualmente existen 103 miembros del Convenio de la Haya estos son:

Alemania Ecuador Liechtenstein República Checa
Andorra El Salvador Lituania República Dom.
Antigua y Barbuda Eslovenia Luxemburgo República Eslovaca
Argentina España Macao Rumania
Armenia EE.UU. Macedonia Rusia, Federación de Samoa
Australia Estonia Malawi San Cristóbal y Nieves
Austria Fidji Malta San Marino
Axerbaiyán Finlandia Islas Marshall San Vicente y Las Granadinas
Bahamas Francia Isla Mauricio Santa Lucía
Barbados Georgia México Santo Tomé y Principe
Belarus Granada Moldavia Serbia
Bélgica Grecia Mónaco Islas Seychelles
Belice Honduras Mongolia Sudáfrica
Bosnia-Herzegovina Hong Kong Montenegro Suecia
Botswana Hungría Namibia Suiza
Brunei-Darusalan India Nicaragua Suriname
Bulgaria Irlanda Isla Niue Swazilandia
Cabo Verde Islandia Noruega Tonga
Chipre Israel Nueva Zelanda Trinidad y Tobago
Colombia Italia Omán Turquía
Cook, Islas Japón Países Bajos Ucrania
Corea Kazajstán Panamá Uruguay
Costa Rica Kirguistán Perú Uzbekistán
Croacia Lesotho Polonia Vanuatú
Dinamarca Letonia Portugal Venezuela
Dominica Liberia Reino Unido


La apostilla únicamente certifica que la firma o sello que muestra el documento fue emitido por un funcionario público en ejercicio de sus funciones, pero no certifica la validez del contenido de este.

La división de certificaciones y reglamentos, bajo la Secretaría Auxiliar de Servicios del Departamento de Estado, es la encargada de autenticar las firmas de funcionarios públicos en documentos que serán utilizados fuera de Puerto Rico. Este servicio es ofrecido en algunas oficinas regionales del Departamento (Arecibo, Ponce, Moca, Mayagüez y Plaza Las Américas).  Algunos de los documentos a certificar son:

  • Certificado de Antecedentes Penales, Defunción, Matrimonio y Nacimiento
  • Diplomas
  • Escrituras
  • Poderes
  • Transcripciones de Crédito
  • Traslado de cadáveres, aves, animales y medicinas

¿Cómo se certifican los documentos que será utilizados fuera de Puerto Rico?

Deberá dirigirse a la División de Certificaciones y Reglamentos en el 1er. Piso del Edificio Real Intendencia del Departamento de Estado ubicado en el Viejo San Juan con lo siguiente:

  • Documento a ser certificado, en original.
  • Sello de Rentas Internas por la cantidad de $3.00 por cada documento a ser certificado.

Trámite a realizar mediante correo postal

Deberá dirigirse a la División de Certificaciones y Reglamentos en el 1er. Piso del Edificio Real Intendencia del Departamento de Estado ubicado en el Viejo San Juan con lo siguiente:

  • Documento a ser certificado, en original.
  • Adquirir sello mediante Colecturía Digital llamando al 787.291.9292 o 787.354.9469
  • Sobre predirigido con los sellos requerido para la devolución del documento apostillado.
  • Enviar a la siguiente dirección:

Departamento de Estado
División de Certificaciones y Reglamentos
PO Box 9023271
San Juan, Puerto Rico 00902-3271