Programa de Intercambio de Visitantes (Visa J-1)

El Departamento de Estado de Puerto Rico es un patrocinador certificado por el Departamento de Estado de los Estados Unidos para administrar el Programa de Intercambio de Visitantes, en las categorías de Estudiante Universitario y Profesor.  En Puerto Rico, es el único autorizado a trabajar con el intercambio de los estudiantes internacionales.  

El Programa de Intercambio promueve el intercambio cultural y académico con los países extranjeros bajo la autoridad provista por la Ley de Intercambio Mutuo Educativo y Cultural de 1961.  Este programa federal es una herramienta que ha permitido a Puerto Rico promoverse como centro para la educación superior fomentando el intercambio de estudiantes extranjeros en nuestras universidades. 

Las siguientes universidades han participado y se han beneficiado del Programa de Intercambio de Visitantes: Universidad de Puerto Rico, Caribbean Primate Research Center; Universidad Interamericana, Universidad Politécnica de Puerto Rico; Universidad del Sagrado Corazón; Universidades del Sistema Ana G. Méndez, Pontificia Universidad Católica de Ponce.  También han participado del Programa con estudiantes internos las siguientes organizaciones, entre otras: la Alianza Francesa, Museo del Mar, Teen Challenge, Club de Tenis de Mesa, Instituto de Mandarín, El Futuro, Centro de Microempresas y Tecnología Agrícolas Sustentables, Inc., Coda 21, Orden de Frailes Menores Capuchinos. 

Otras compañías en Puerto Rico  interesadas en comenzar a exportar que se han beneficiado del Programa de Intercambio con la Compañía de Comercio y Exportación de Puerto Rico, son entre varias: INDULAC, Air Green Corp., Caribbean Office Chairs Mfgts, Inc., Ci2iMedia, Inc., Danosa Caribbean, Inc., Fusionworks, Inc., Gascó Industrial, Glasstra Manufacturing, Inc., Ignition and Fuel Systems, Corp., Jero Management Group Inc., Marey Heater Corp., Nazareno Enterprises & Services, Inc., Organic Health Labs, OPTI Manufacturing Corp., Pharma Bio Serv PR, Inc., Rosarion Software Development, Inc., Square Knot Corp. DBA California Closets, Universal Solar Products, Wovenware, Inc.  

Pueden referirse a la Guía para Visitantes Extranjeros para información sobre el Programa así como para información a los ciudadanos extranjeros que deseen entrar a Puerto Rico bajo otro tipo de visa de no-inmigrante.  

Estudiantes Universitarios

Esta categoría provee al estudiante internacional la oportunidad de participar en el Programa de Visitantes de Intercambio para cursar estudios en una institución académica acreditada que otorgue títulos de educación postsecundaria, o para adiestrarse en un internado o pasantía en la universidad o en cualquier otra institución, organización o empresa, que apoye y refuerce los estudios académicos del estudiante.  Los estudios pueden ser no conducentes a grado, como conducentes a grado, ya sea asociado, bachillerato, maestría, o doctorado.

Criterios de selección

  • Un estudiante es elegible para participar en el Programa si su intercambio está financiado directa o indirectamente por el gobierno de los EE. UU., el gobierno de su país, o alguna organización internacional de la cual los EE. UU. sea miembro por tratado o ley.
  • También si el intercambio se lleva a cabo conforme a un acuerdo entre el gobierno de los EE. UU. y el gobierno extranjero; o se lleva acabo conforme a un acuerdo escrito entre la institución académica estadounidense y la extranjera, o entre la institución académica estadounidense y un gobierno extranjero; o entre el gobierno estatal o federal estadounidense y un gobierno extranjero.
  • El estudiante debe recibir apoyo significativo de fondos de otras fuentes que no sean fondos personales o familiares.
  • El estudiante debe haber sido admitido a una institución académica postsecundaria acreditada en los Estados Unidos a tiempo completo o debe haber sido aceptado a un internado con un mínimo de 32 horas a la semana, antes que el patrocinador pueda emitir el Formulario DS-2019, Certificado de Elegibilidadpara Estatus de Visitante de Intercambio, visa J de no-inmigrante.
  • Los participantes del Programa deben obtener cobertura de seguro médico con los siguientes beneficios mínimos previo a la emisión del Formulario DS-2019: beneficios médicos de $100,000 por accidente o enfermedad, repatriación de restos por $25,000, evacuación médica al país de origen por $50,000, y un deducible que no exceda los $500 por accidente o enfermedad.

Requisitos adicionales para los estudiantes internos

  • Estar matriculado persiguiendo un grado en una institución académica postsecundaria acreditada en su país y solicitar participar en un internado o pasantía en los Estados Unidos que cumpla con los objetivos del grado que cursa en la universidad extranjera.  
  • El estudiante practicante visitará los Estados Unidos para completar un internado o pasantía, no para prestar servicios o participar de un empleo o trabajo formal. Además, debe poseer conocimiento suficiente del idioma inglés para poder desenvolverse en el día a día del internado.
  • El estudiante interno debe cumplir con las normas y poseer un estatus académico satisfactorio (estar en good standing) en la institución académica postsecundaria extranjera a la cual regresará a completar su grado.
  • Previo a la emisión del Certificado de Elegibilidad, el estudiante interno debe completar el Formulario DS-7002,     Plan de Adiestramiento en el Internado.
  • El estudiante interno debe contar con fondos suficientes para subsistir durante todo el período del intercambio.
  • El programa de pasantía debe exponer al estudiante interno a técnicas, metodologías, y tecnologías estadounidenses que amplíen sus conocimientos y habilidades existentes.

Profesores

Esta categoría provee a los profesores la oportunidad de participar en elPrograma de Visitantes de Intercambio con elpropósito de estimular los esfuerzos internacionales de colaboración en la enseñanza,en charlas y conferencias, y en la investigación.  El Programa permite realizar elintercambio en una institución de enseñanza postsecundaria acreditada, eninstituciones de investigación, en instalaciones de investigación corporativa,en museos, bibliotecas, o en instituciones similares en los Estados Unidos.

Elegibilidad del profesor visitante

  • No debe ser candidato para una posición tenure track o posición permanente.
  • No puede haber estado físicamente presente en los Estados Unidos como no-inmigrante durante los pasados 12 meses anteriores a la fecha de inicio de su intercambio, a menos que el profesor participante:
  • Se esté transfiriendo de otro programa de intercambio;
  • Que su presencia en los Estados Unidos fue menor de 6 meses; o
  • Que su presencia previa fue como un académico a corto plazo.
  • No debe estar sujeto a la prohibición de participación repetida de, haber participado en un intercambio de profesor durante los pasados 24 meses.

Los profesores podrán realizar conferencias ocasionales y consultas breves o a corto plazo con la autorización del oficial responsable mientras estén directamente relacionadas con los objetivos del programa de intercambio, sean incidentales a las actividades principales del intercambio, no retrasen la fecha de finalizar el programa, y así se documente.  Si el profesor visitante recibe salarios u otra remuneración por tales actividades, debe actuar como un contratista independiente.  

A discreción y aprobación del oficial responsable, los profesores pueden dedicarse a la investigación y cambiar su tipo de actividad libremente, mientras sean compatibles y consistentes a la enseñanza y la docencia.  

Se puede autorizar a un profesor a participar en un intercambio durante el tiempo necesario para completar su programa, siempre que dicho tiempo no exceda los cinco años. Los profesores no son elegibles para participar nuevamente como profesores por un período de dos años después de la fecha de conclusión de su intercambio.

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