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Registro de Marcas y Nombres Comerciales

Registro de Marcas y Nombres Comerciales

HORARIO DE SERVICIO

Lunes a Viernes – 8:00am – 4:30pm
Para su conveniencia puede presentar la solicitud de registro de su marca o nombre comercial y transacciones relacionadas. Para iniciar presentar la solicitud haga clic aquí.

Antes de solicitar el registro, debe realizar una búsqueda para cotejar si existe una marca o nombre comercial igual o similar presentado o registrado a través de la sección de BUSCAR en la página web.

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Sobre extensión de términos (Coronavirus(COVID-19)

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Comunicaciones del Regisro a todos los Solicitantes, Titulares Registrales o Representantes

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Uso de Trámite o Transacción Incorrecta ante el Registro – No habrá Reembolsos

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Revivir Trámite (Carta Circular)

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Renovaciones en el Registro de Marcas y Nombres Comerciales

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Sobre la Disponibilidad de Nuevas Transacciones Electrónicas

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Transacciones Adicionales Disponibles En Línea

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Presentación Electrónica de Transacciones

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CC 2013-04

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Comunicaciones con el Registro de Marcas y Nombres Comerciales

Carta Circular

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Aclaraciones sobre término para presentar Declaración de Primer Uso para aquellas solicitudes de registro que se presentaron a partir de la vigencia de la Ley Núm. 169-2009

Carta Circular

CC 2013-03

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Aclaración sobre Declaración de Primer Uso

Carta Circular

CC 2013-02

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Registro de Marcas, Nombres Comerciales y Depósitos US

Base Legal

El Registro de Marcas y Nombres Comerciales de Puerto Rico fue creado mediante la Ley Núm. 66 del 28 de julio de 1923.  Esta división de la agencia administra los procesos de registro a tenor con la Ley Núm. 169-2009, según enmendada, mejor conocida como la Ley de Marcas del Gobierno de Puerto Rico y con la Ley Núm. 23-1992, según enmendada, mejor conocida como la Ley de Nombres Comerciales de Puerto Rico.

A continuación le proveemos información relacionada al registro de marcas y nombres comerciales que esperamos le sean de utilidad.

¿Qué es una marca?

Todo signo o medio que sirva para distinguir en el mercado productos o servicios de una persona, al igual que productos o servicios de otra persona. El término incluye cualquier marca de fábrica, marca de servicio, marca de certificación y marca colectiva.

Algunos ejemplos de signos que podrían ser utilizados como marcas son: dibujos, emblemas, palabras, nombres, letras, números, frases, sonidos, colores y formas, entre otros.

Estos pueden utilizarse individualmente o combinarse para constituir una marca.

¿Qué es un nombre comercial?

Un nombre comercial sirve para identificar y distinguir una actividad empresarial de otra.

¿Existen diversos tipos de marcas?

Sí. Las marcas pueden clasificarse en cuatro grupos:

  • Marcas de fábrica – cualquier palabra, nombre, símbolo, imagen o estilo comercial («trade dress»), medio, logo, diseño, color, sonido, olor, forma, objeto o una combinación de éstos que es utilizada por una persona natural o jurídica en el comercio o que una persona natural o jurídica tiene la intención bona fide de utilizar en el comercio con el fin de distinguir su empresa, organización comercial o los productos manufacturados o vendidos por éste de aquellos de otra persona y para indicar la fuente de dichos productos aunque no sea conocida.
  • Marcas de servicio – cualquier palabra, nombre, símbolo, imagen o estilo comercial («trade dress»), medio, logo, diseño, color, sonido, olor, forma, objeto o una combinación de éstos que es utilizada por una persona natural o jurídica en el comercio o que una persona natural o jurídica tiene la intención bona fide de utilizar en el comercio con el fin de distinguir o identificar los servicios ofrecidos por éste de aquellos ofrecidos por otra persona y para indicar la fuente de dichos servicios aunque no sea conocida.
  • Marcas de certificación – cualquier palabra, nombre, símbolo, image o estilo comercial («trade dress», medio, logo, diseño, color, sonido, olor, forma, objeto o una combinación de éstos que se utilice para certificar el origen, material, modo de manufactura, calidad, certeza u otras características en común de los productos o servicios mercadeados bajo la misma y que es utilizada en el comercio por una persona que no es su dueño o titular; o que su dueño o titular tenga la intención bona fide de permitir a una persona que no sea el dueño o titular a utilizar la misma en el comercio.
  • Marcas colectivas – una marca de fábrica o marca de servicio que es utilizada por los miembros de una cooperativa, una asociación u otro grupo colectivo u organización; o que dicha cooperativa, asociación o grupo colectivo u organización tiene la intención bona fide de utilizar en el comercio y solicita el registro para la misma.  Además, incluye marcas que indican membresía a una unión, asociación u otra organización.

¿Se puede registrar una marca o un nombre comercial que no ha sido utilizado en el comercio?

Sí.  La Ley Núm. 169-2009 permite solicitar el registro de una marca que no haya sido utilizada en el comercio de Puerto Rico.  En estos casos, el dueño tendrá tres (3) años a partir de la fecha de presentación para acreditar que comenzó a utilizar la misma en el comercio en Puerto Rico mediante la presentación en línea de la declaración de primer uso.  Por otra parte, la Ley requiere como condición para mantener el referido registro activo, que el titular registral presente la declaración de uso continuo y posteriormente, la renovación del registro de la marca.

El artículo 18 de la Ley indica que todo titular registral tendrá que presentar la declaración de uso continuo como requisito indispensable para mantener la vigencia del registro de una marca.  Esta deberá presentarse entre el 5to y 6to año a partir de la fecha de presentación de la solicitud de registro.  El artículo 19 de la Ley establece que todo registro de marca permanecerá en vigor por diez (10) años contados desde la fecha de presentación de la solicitud de registro.  El registro de la marca puede renovarse entre el 9no y 10mo año a partir de la fecha de expiración del período de diez (10) años por el cual fue originalmente expedido o renovado.

Por su parte, la Ley Núm. 75-1992 permite solicitar el registro de un nombre comercial que no haya sido utilizado en el comercio en Puerto Rico.  En estos casos, el dueño tendrá cinco (5) años siguientes a la fecha del registro para acreditar su uso en el comercio mediante declaración jurada de uso.  El registro de un nombre comercial permanecerá en vigor por diez (10) años y podrá ser renovado dentro del año anterior a la fecha en que expire el término por el cual fue originalmente expedido o renovado.

¿Cómo se solicita el Registro de una Marca o Nombre Comercial y quién puede hacerlo?

Una marca o nombre comercial puede ser registrado por su dueño o representante conforme al Reglamento Núm. 8075 o al Reglamento Núm. 4873, respectivamente.  El dueño puede ser un individuo, una corporación o una asociación.  El registro de una marca o nombre comercial se puede solicitar a través del Sistema de Registro en Línea. Para solicitar haga click aquí.